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¿Y la justicia en materia de seguridad social?
por María Ascensión Morales Ramírez
En diversas publicaciones hemos sostenido la desatención del sistema jurídico nacional en la
regulación, impartición y administración de justicia en materia de seguridad social. A nivel
constitucional, existe una laguna de origen sobre su instancia jurisdiccional. A nivel legal, los
conflictos en ese campo se han tramitado bajo un marco normativo e instituciones jurídicas de otras
disciplinas, no obstante que la naturaleza, características y sujetos son diferentes e históricamente han
constituido el grueso de los asuntos a ventilar en dichas instancias.
La reforma constitucional en materia laboral del 24 de febrero de 20171 y la legal del 1º de mayo de
2019 a la Ley Federal del Trabajo (LFT), no sólo no evadieron el germen del problema, sino que
también agravaron diversos temas y lo mismo hizo la reciente reforma del 16 de diciembre de 2020
a la Ley del Seguro Social (LSS), de tal forma que podemos adelantar la falta de técnica legislativa,
inconsistencias y retrocesos, producto de la poca importancia que se ha otorgado a los temas de
seguridad social, como los que se abordarán en este breve espacio, entre otros.
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