Subcontratación laboral. Reformas en materia de seguridad social
En México, desde la primera década del siglo XXI, se había intentado regular (bajo una dispersión normativa y conceptual) la “sub-contratación laboral” (2009, 2012 y 2015) ante las prácticas abusivas o simuladas en perjuicio de los derechos de los trabajadores. Sin embargo, el marco normativo de la reforma integral del 23 abril de 2021, que tie-ne como eje rector a la Ley Federal del Trabajo, es tan general que no está exento de ambigüedades e incertidumbre jurídica en los diferentes ordenamientos. En el ámbito de las leyes de seguridad social, por muy bien intencionados que se presenten los objetivos de la reforma, salta a la vista la naturaleza fiscal de las modificaciones realizadas a dichas leyes, pues giran en torno al control directo y efectivo por parte de los institutos, además de que los releva de agotar ciertos medios ante los incumpli-mientos patronales para, de esta forma, evitar la vía jurisdiccional, con lo que se refuerza el carácter recaudador y fiscalizador de éstos.
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